En algunas ocasiones podemos confundir el título constitutivo con los estatutos de la comunidad, pero en realidad se trata de dos documentos diferentes que cumplen funciones distintas. A continuación detallamos a qué se refiere cada uno y si son obligatorios los estatutos de la comunidad.

Diferencia entre títulos y estatutos

Según la Ley de Propiedad Horizontal, todas las comunidades de propietarios deben contar obligatoriamente con un título constitutivo. En este documento se debe detallar la descripción del edificio en su conjunto, así como por pisos y locales comerciales también. En el título constitutivo también se fija la cuota de participación que corresponde a cada piso o local. De manera opcional, en este documento se puede plasmar además, las reglas de constitución y ejercicio del derecho y disposiciones no prohibidas por la Ley para evitar problemas o confusiones en materia de convivencia.

Por su parte, los estatutos de la comunidad se encargan de comunicar las obligaciones y derechos de los propietarios, así como el uso que debe darse a cada piso o local. No existe un modelo base para redactar este documento, ya que dependerá de cada comunidad de vecinos, teniendo en cuenta sus servicios y los tipos de gastos que tengan.

En cualquier caso, este último documento no debe confundirse con las normas de convivencia que elaboran algunas comunidades de propietarios y donde se establecen pautas o normas para evitar los problemas de convivencia.

¿Cómo se redactan los estatutos de la comunidad?

A la hora de redactar los estatutos de una comunidad es muy importante contar con el asesoramiento profesional de un Administrador de Fincas con el objetivo de conseguir su viabilidad a largo plazo.

Se deberán elaborar teniendo en cuenta las necesidades de la comunidad en cuestión y las expectativas que se esperan de dichos estatutos. Cuando ya se hayan aprobado por unanimidad en una Junta Extraordinaria, se deben inscribir en el Registro de la Propiedad a la cual pertenece el edificio.

En el caso de no inscribirlos en el Registro de la Propiedad, sólo estarán obligados a cumplirlos los antiguos vecinos, pero no los propietarios actuales. Por lo tanto, para evitar malentendidos es recomendable realizar este paso.

Dado que los estatutos de la comunidad no son obligatorios, en algunos edificios lo que se hace es una transcripción parcial de la Ley de Propiedad Horizontal, pero ello dependerá, como ya hemos comentado, de cada bloque de vecinos. Además de tener en cuenta esta información, también es importante contar con un Seguro de Hogar Platino MAPFRE que te ofrece una cobertura de responsabilidad civil para responder ante los daños ocasionados a terceros, tanto dentro como fuera de la vivienda.

LO QUE DEBES SABER…
  • Título constitutivo: es un documento en el que se describen los pisos y locales del edificio y su cuota de participación, por ley es obligatorio en todas las comunidades.
  • Estatutos de la comunidad: establecen los derechos y obligaciones de los miembros de la comunidad. No son obligatorios por ley.
  • Normas de convivencia: se establecen una serie de reglas a seguir por los vecinos, para mantener una correcta convivencia.