Una copia simple de una escritura del Registro de la Propiedad incluye información sobre el titular o titulares de un inmueble, así como sobre las características del mismo. Se trata de un documento básico para realizar diferentes gestiones, como puede ser la compra de una vivienda, la reclamación en juicio de los derechos reales inscritos o la división de una herencia.

Aunque la copia simple es el concepto que se utiliza habitualmente, es necesario mencionar que también puede expedirse una copia autorizada. En este último caso, el escrito cuenta con la firma del notario y tiene el mismo valor que la escritura original. Por su parte, la copia simple solo sirve como título informativo, pero no tiene ninguna validez.

¿Cómo se consigue una copia simple de una escritura?

En las notarías siempre se guarda una copia de todos los documentos de los que dan fe. Lejos de lo que se tiende a pensar, en el Registro de la Propiedad no se facilitan este tipo de copias, sino que es preciso solicitarlo en el notario. Así, es posible que se den dos situaciones:

  • Si se dispone del nombre del notario que firmó la escritura, el número de protocolo y la fecha, tan solo hay que presentarse en la oficina donde se encuentre y pedirla directamente.
  • Si se desconocen estos datos, es preciso acudir al Registro de la Propiedad facilitando el nombre del titular, el DNI, la dirección de la casa, el municipio y la provincia. Con estos datos, el organismo puede averiguar la identidad del notario y una vez que se conozca, es preciso dirigirse a la notaría que corresponda.

En condicionales normales, el tiempo estimado para la tramitación de este documento es de dos días desde que se produce la petición. No obstante, si no se tiene identificado al notario, es posible que este periodo se alargue.

Aunque las copias de las escrituras de la propiedad se suelen pedir cuando se necesitan para realizar algún trámite, es aconsejable obtener una si se ha perdido la original. De esta forma, se puede tener disponible este escrito en cualquier momento.

¿Quién puede pedir una copia simple?

Dado que la escritura del Registro de la Propiedad contiene información privada, solo tienen derecho a solicitar una copia las personas que otorgaron el documento original. Además de ellas, también pueden pedirlo quienes acrediten tener un interés legítimo documentado.

Por este motivo, no es posible pedir copias simples por correo electrónico o correo ordinario. Los notarios no están autorizados a utilizar estos medios de acuerdo a la Ley de Protección de Datos y el secreto del protocolo notarial, sobre todo.

¿Cuál es el precio de una copia simple?

Cuando se trata de una copia simple, su precio oscila en torno a 0,60 euros por folio. En el supuesto de escrituras que tengan más de 5 años, se aplica un suplemento que suele ser el mismo importe por cada año de antigüedad.

Si se solicita una copia autorizada, su coste es mayor porque incluye la firma del notario. En este caso, el importe asciende a 3 euros por folio aproximadamente, aunque se suelen establecer algunos descuentos cuando se superan las 10 páginas.

En función de los años que tenga la escritura, también se incrementa el precio en la misma proporción que en las copias simples.

Sabiendo cómo se pide una copia simple del Registro de la Propiedad, ya solo queda solucionar el resto de gestiones que sean necesarias. En este sentido, el Seguro de Defensa Jurídica MAPFRE ofrece la ayuda precisa en reclamación de daños, derecho de familia y sucesiones, infracciones administrativas, etc.