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Cerrar una terraza: manda la comunidad

Cerramiento de una terraza
4 Min de lectura
Cuando hablamos de alguna construcción o alteración de la estructura o los elementos comunes de un edificio, tenemos que consultar la Ley de Propiedad Horizontal. Hoy tratamos el cerramiento de una terraza, ya que es cuestión que compete a la comunidad de vecinos.
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Una de las cuestiones que más enfrentamientos provoca entre vecinos en un bloque es el acristalamiento o cerramiento de terrazas. Así que si estás pensando en realizar ese tipo de obras en tu casa, debes saber que es una cuestión que atañe a toda la comunidad de vecinos. Si la consigues llevar adelante, esa reforma te permitirá disfrutar de un espacio techado extra en tu vivienda. Pero antes de nada, debes consultarlo con el resto de propietarios y conseguir su aprobación.

Acuerdos comunitarios para cerrar terrazas

Como hemos señalado, es una decisión que no se puede adoptar unilateralmente, aunque solo afecte a nuestra vivienda, y hay que llegar a un acuerdo con los propietarios en la correspondiente junta. En este sentido, tras proponerse en la orden del día, la propuesta deberá ser votada y la mayoría exigida para aprobar el cerramiento de terrazas en las Comunidades requerirá el voto de los 3/5  del total de propietarios y cuotas de participación. Porque en el caso de que te arriesgues a hacerlo sin haberlo consultado, debes tener en cuenta que la comunidad puede denunciarte por la vía civil.

Tal como indica la Ley de Propiedad Horizontal en su artículo 7:

“El propietario de cada piso o local podrá modificar los elementos arquitectónicos, instalaciones o servicios de aquél cuando no menoscabe o altere la seguridad del edificio, su estructura general, su configuración o estado exteriores, o perjudique los derechos de otro propietario, debiendo dar cuenta de tales obras previamente a quien represente a la comunidad”.

Así, además de comunicarlo en una Junta Extraordinaria, también deberá constar en acta, ya que la posibilidad de acristalar, cerrar una terraza o cambiar la barandilla exterior, sea en el piso que sea, constituye una modificación del aspecto externo de la fachada del edificio.

En el caso de que la comunidad de vecinos ya haya dado su consentimiento a la realización de dicha obra, será necesario acudir al ayuntamiento de la localidad donde nos encontremos para solicitar el correspondiente permiso de obras.

Casos en los que puedes hacer o mantener un cerramiento sin consentimiento

A pesar de tener en cuenta estos pasos, también nos podemos encontrar con otros supuestos:

1. Podrás realzar obras en tu terraza si en tu edificio están contempladas las mismas, indicadas en los Estatutos o en el Libro de Actas. Con ello, sólo necesitarás comunicar tu intención al presidente de la comunidad.

2. La comunidad de vecinos no podrá hacer que elimines el cerramiento o acristalamiento de tu terraza si ha pasado un determinado tiempo desde que realizaste la obra y no actuaron contra ti, habiendo prescrito (normalmente 4 años).

Como ves, para llevar a cabo el cerramiento de una terraza, hay que tener en cuenta que es cuestión de la comunidad de vecinos. Sin embargo, si deseas realizar otro tipo de reparaciones y reformas, no dudes en contratar el Seguro de Hogar Platino MAPFRE que pone a tu disposición los profesionales más adecuados y a unas tarifas especiales. Infórmate ahora de todas las coberturas de las que puedes beneficiarte.

 

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Publicado por Blog hogar MAPFRE
- 3 Jul, 2021

Comentarios (45)

  1. Buenas tardes. He comprado un ático con terraza privativa. Esa terraza da con un edificio al lado y las ventanas de las habitaciones de ese edificio están giradas a mi terraza. Tengo el permiso de la comunidad (actualmente consto yo y el propietario único de los otros 9 pisos) para colocar estructuras mientras no afecte el suelo. Me gustaría saber si pongo una valla de PVC de 1 metro de altura en mi muro, si el vecino de edificio de al lado me puede impedir de poner una valla en mi terraza con permiso de mi comunidad de vecinos.

    Responder
    • Hola.
      Te recomendamos que consultes con el administrador de tu finca el asunto, él será quien mejor pueda aconsejarte sobre elementos que puedan afectar a fincas ajenas a la tuya. También puedes asesorarte por un abogado o gestor experto en vivienda.
      Un saludo.

      Responder
  2. Buenos días:

    La casa de mi madre tiene un cerramiento en la terraza que está autorizado -todos los vecinos lo hicieron a la vez hace mas de 30 años- y ahora resulta que alguna parte ha fallado y hay filtraciones al vecino de abajo. Han venido los dos peritos, el del seguro de la comunidad y el del seguro de hogar de mi madre y el primero dice «eso no es fachada, no corresponde al seguro del inmueble» y el del seguro de hogar dice «esto es fachada, no corresponde al seguro de hogar» ¿quién tiene razón y qué tiene que hacer mi madre?

    Mil gracias

    Responder
    • Hola Jose, te recomendamos que consultes en las condiciones concretas de ambas pólizas, en ellas pondrás encontrar las coberturas de las modificaciones de la estructura del edificio. Un saludo.

      Responder
  3. Hola Cloe, dada la situación te recomendamos que solicites asesoría de un abogado experto en la materia e intentes ver si puedes demostrar el consentimiento de alguna manera. Un saludo

    Responder
  4. Ace 10 años abre con mi comunidad para pedir permiso para poner una valla metálica de 1’80 en patio de luces todos los vecinos dijeron que si ahora después de 10 años quieren quitármelo.podrian hacerlo? Ace ya 10 años que no tengo por escrito donde me daban su visto bueno..si me denuncian que podría pasar? Quien me pagaría el dinero que gaste?gracias

    Responder
  5. Hola Jenifer, depende de la resolución a la que se llegue oficialmente, sin posibilidad de nuevos recursos, una vez tenidos en cuenta la denuncia y los recursos presentados. Un saludo

    Responder
  6. Hola Alberto, los Reglamentos de Urbanismo dependen de la Comunidad Autónoma en la que vivas. Consulta el que te corresponda para averiguar los plazos y requisitos de los cerramientos. Un saludo

    Responder
  7. hola.
    hace 9 años pusimos
    un porche d aluminio es nuestra terraza d unos 20m…ya q daba humedad en la parte d abajo.
    realizaron obras en la terraza d la comunidad d al lado y el ayuntamiento nos ha denunciado y nos lo quieren hacer quitar.hemos hecho recursos..no se ve desde la valle y no nos denuncio ningun vecino…pero lo plantean como ampliacion d vivienda.lo debemos retirar finalmentejQuery11020663621996907205_1524050237645

    Responder
  8. Buenas tardes,

    hace unos meses compre una vivienda en la que, por lo visto se realizó hace tiempo una serie de cerramientos, posiblemente en 1997. A uno de esos cerramientos da una ventana (que antes daba al exterior, pero al cerrarse da a la terraza cerrada) y quería convertirla en puerta.
    En Urbanismo me han dicho que, al preguntar si hacía falta licencia de obra para lo de convertir en la venta en puerta, lo mismo pueden inspeccionarme que ese cerramiento sea legal (cosa que desconozco) y que si no lo es necesito un arquitecto que presente un estudio de legalidad más otras cosas.
    Según he leído si después de cierto tiempo el cerramiento ya es legal por lo que no he de presentar ningún estudio ni nada de eso, ¿es así? ¿o qué es lo que se puede hacer en este caso? ¿al cuánto tiempo se convierte en legal?
    Muchas gracias y un saludo,

    Alberto

    Responder
  9. Me gustaria realizar el cerramiento de un porche en un chalet adosado en urbanizacion. He obtenido la aprobacion de mas de 3/5 partes de la comunidad de vecinos, pero el vecino de al lado se opone alegando que le entraria menos luz. Es eso un factor bloqueante? Si procedo a realizarlo y ese vecino me denuncia, es seguro que me obligan a demoler la obra? Gracias

    Responder
  10. Hola Nuria, los cerramientos hay que comunicarlos. De todos modos, dado lo concreto de tu caso, que ya tienes hecho el cerramiento, lo más adecuado es que acudas a consultar la situación con un especialista. Un saludo

    Responder
  11. Buenas tardes,
    Vivo en la comunidad de Madrid. Hace 3 años realicé un cerramiento en mi terraza, al igual que la mayoría de los vecinos. No he tenido ningún problema con la comunidad ni con el Ayuntamiento. En ese momento, sólo cerré la terraza, pero no quité el ventanal que separa la terraza del salón. Ahora quiero quitar ese ventanal y no sé si necesito permiso de la comunidad y/o permiso de obras del Ayuntamiento. Gracias

    Responder
  12. Hola Raquel,
    Te aconsejamos te pongas en contacto con el ayuntamiento de tu localidad, donde te podrán indicar si para este tipo de cerramiento es necesario pedir permiso de obras así como los papeles que habría que presentar. Un saludo

    Responder
  13. Buenos días.

    Tenemos un edificio entero donde sólo estamos nosotros como vecinos pero tenemos arriba una terraza que queremos cerrar. El cerramiento serán aprox. unos 50m2.

    Tenemos pensamiento de hacer una estructura fijada al suelo, y usar panel sandwich para dicho cerramiento.

    ¿Es necesario pedir permiso de obras, qué tendríamos que presentar? Mi pareja tiene conocimientos de construcción y haría todo. De ser afirmativo, ¿sabéis qué cantidad hay que pagar?

    Muchas gracias de antemano.

    Responder
  14. Hola Sheyla,
    En principio siempre se necesita el consentimiento de la comunidad para hacer este tipo de obras. Si los demás vecinos lo hicieron y no pasó nada, lo mejor es que consultes con un abogado para que pueda asesorarte mejor.
    Saludos

    Responder
  15. Hola Josune. Lo mejor es que, llegados a este punto, te pongas en contacto con un abogado especialista en estos temas. Él o ella podrán asesorarte adecuadamente teniendo en cuenta las particularidades de tu caso. Un saludo.

    Responder
  16. Gracias por su pronta respuesta.
    Otra cuestión, en caso de seguir con la denuncia la comunidad, que pasos a seguir , debería de realizar, si no estoy de acuerdo con esa decisión, jQuery110200765886763226542_1479888018526? Habría otra forma de mantenerla?? Como le comentaba, el murete a penas supera los 90cm, es una vivienda entregada hace 8 años, y no se si eso cumple el CTE, e igual podría ir los tiros por esa via.
    Mas rabia me da, que en ningún momento,tanto presidente como asesoria, se opusieron el colocarla, pero al quejarse, un vecino, sus versiones cambiaron,, que si no entendieron lo que quería poner,,,etcetc
    Gracias de antemano

    Responder
  17. Hola Josune. Lo ideal en este caso es que tuvieses alguna prueba documental del permiso que se te concedió en su momento. Pero como ya nos dices que no es así, ¿has procedido a hablar con la gestora y/o con el presidente de la Comunidad que te dio el permiso en su momento? A lo mejor ellos pueden notificar, cuando se trate el tema en la próxima junta de vecinos, que te concedieron dicho permiso. Sea como sea, si la obra no ha prescrito (han pasado cuatro años desde que se hizo), el permiso no está recogido en ningún acta de reunión y los vecino votan en contra en una junta, sí podría, legalmente, solicitarte que quites dicha valla. Un saludo.

    Responder
  18. Buenos días
    Mi pregunta es si me pueden hacer quitar los vecinos,una celosía/valla sobre un murete del atico, anclada, que instalé hace casi 3 años, la cuestión es que al entrar en la vivienda, pedí permiso al presidente de la comunidad telefónicamente, dándome su aprobación, y a la gestora que lleva la comunidad, via email,con foto incluso de lo que quería realizar, y tampoco sin objeción , solo recalcándome que no podía realizar cerramiento total,pero tb solo via telefonica,(,fallo mio no haber dicho que me lo pusiera por escrito),, más si cabe lo realice como medida de seguridad, dado que el murete del ático apenas supera los 95 cm, y tengo hijos pequeños.Son 9 alturas.
    Gracias

    Responder
  19. Hola Isabel. Tal y como tú misma apuntas, La comunidad de vecinos no podrá hacer que elimines el cerramiento o acristalamiento de tu terraza si ha pasado un determinado tiempo desde que realizaste la obra y no actuaron contra ti (normalmente 4 años). Sin embargo, por lo que comentas, fue un tema que se trató en Junta y no sabemos de qué forma quedó el acuerdo entre los vecinos registrado en las Actas. Por eso, lo mejor es que acudas a un abogado especializado, que podrá asesorarte sobre tu caso en concreto. Muchas gracias. Un saludo.

    Responder
  20. Hola, hace 2 años compré una vivienda con uno de los 2 balcones acristalados. Los vecinos se quejaron a la anterior propietaria porque no pidió permiso, pero al ser una persona muy mayor y que tenía miedo a que entraran ladrones por el balcón ( es un primero ) ,le permitieron dejar el cerramiento mientras viviese. Ahora a mi me piden que lo quite porque no se dio permiso y los vecinos no lo quieren. Comentas en otros casos que estas obras prescriben a los 4 años si no se ha actuado antes contra ellas. Tengo la duda de si por actuación se refiere a denuncia judicial o una queja ante la comunidad de vecinos. Muchas gracias.

    Responder
  21. Hola Ramón.
    Tal y como indicamos en el artículo, la comunidad de vecino no podrá hacer que se elimine un cerramiento o acristalamiento de terraza si ha pasado un determinado tiempo desde que se realizó la obra y no se actuó antes contra ella. El tiempo en el que suelen prescribir las infracciones urbanísticas suele ser de cuatro años.

    Responder
  22. En varias actas se hace mención a que no se pueden cerrar las terrazas, si lo han hecho hace mas de por ejemplo 4 años, y no se ha denunciado, a pesar que las fechas de esas actas sean anteriores a el cierre. Se les puede denunciar ahora por no seguir los acuerdos de la comunidad? No han pedido permiso al ayuntamiento, no se han presentado en actas, ni se han presentado en juntas.
    El ayuntamiento dice que los áticos no se pueden cubrir porque los elementos rígidos significarían una nueva altura. Aquellos vecinos que los tienen pueden cubrirlos con otras cosas como cañizo? Nosotros les proponemos toldos.
    Se conceptúa terraza cerrada aquella que tenga laterales de lumon así como el techo. Estos pueden correrse.
    Cuanto tiempo sería conveniente de ofrecer a un vecino para restaurar lo que esta mal hecho antes de ir a vía judicial? Los costes los paga el que pierde? muchas gracias

    Responder
  23. Hola Inma. Tal y como indicamos en nuestro artículo, la Ley de Propiedad Horizontal dice, en su artículo 7, que “el propietario de cada piso o local podrá modificar los elementos arquitectónicos, instalaciones o servicios de aquél cuando no menoscabe o altere la seguridad del edificio, su estructura general, su configuración o estado exteriores, o perjudique los derechos de otro propietario”. Posiblemente, el departamento de Urbanismo de tu Ayuntamiento alegará alguno de estos motivos en su denuncia. Puesto que ya existe la denuncia, desde aquí te recomendamos que consultes tu caso con un abogado especializado para que pueda indicarte los pasos legales a seguir. Un saludo.

    Responder
  24. Y si el que te denuncia es el ayuntamiento?supuestamente es ilegal y no hay permiso que valga…o eso me dijeron a mi en urbanismo x un techo y unas ventanas..no llega a estar cerrado..

    Responder
  25. Buenos días Gesaindu. Esto depende de cómo esté organizada tu comunidad y de lo que figure o no en los estatutos. En principio, es necesario primero llegar a un acuerdo entre vecinos antes de acudir al Ayuntamiento a solicitar permiso. No obstante, te animamos a echar un vistazo a las coberturas de nuestro seguro para comunidades de propietarios, ya que puede ayudaros en los trámites y derramas a los que tengáis que hacer frente: https://www.mapfre.es/particulares/seguros-para-comunidades-propietarios/
    Un saludo

    Responder
  26. La reforma de la Ley de Propiedad Horizontal, Ley 8/2013 dice:
    "Se requerirá el voto favorable de los 3/5 de los propietarios que a su vez representen las 3/5 partes de las cuotas de participación".
    Se puede conseguir "el voto favorable por representación" de quienes no acuden a la reunión (como por ejemplo bajos comerciales y algunos vecinos que nunca van). Además, hay propietarios de más de una vivienda en el mismo edificio, o vivienda y local, que ya suponen mayor cuota de participación. De donde se pueden rascar votos.
    La nueva Ley 8/2013 está hecha para flexibilizar estos acuerdos y además porque siempre suponen una mejora y mayor eficiencia energética. Un cerramiento de terraza protege su parte de fachada y el coste es para el vecino que lo realiza.
    Lo malo es, que en este país "las mentes cerradas" y envidiosas, que ni les va ni les viene y sobretodo la ignorancia, hace que nos enfrentemos todos los días a "resabiondos" solo con mala leche.
    Yo, solicitaría primero el permiso del Ayuntamiento tras presentar el proyecto debidamente y alegando sus beneficios Apoyándome en leyes o resoluciones sobre "eficiencia energética", economía, etc. Y luego acudiría a los vecinos para dicha reunión que no creo deba de ser "extraordinaria" sino "ordinaria". Previamente haber recabado los "votos por representación" a mi favor de los que no van y que su cuota de representación sea grande.
    No importa que acudan solo 5 personas a votar si tengo el apoyo del mayor % de cuota de representación. Por ejemplo: un vecino propietario de un local comercial y su vivienda del 1er. Piso.
    ¿Es correcto todo lo que he expuesto?
    Corrígeme y muchas gracias.
    Por cierto, estaría bien que pusierais un "modelo de documento para voto por representación" en PDF para poder bajarlo.

    Responder
  27. Buenas tardes Manuel. Si en la reunión de vecinos se aprobó por mayoría el cerramiento de las terrazas, la vecina en cuestión no puede denunciarte por realizar esta obra, ya que es una modificación previamente aprobada.
    Respecto a los permisos del ayuntamiento, efectivamente al tratarse de una modificación en la fachada del inmueble, necesitarás una autorización o permiso de obra. Te recomendamos solicitarla, ya que será fácil que te la faciliten y te ahorrarás posibles problemas legales y burocráticos.
    Un saludo

    Responder
  28. Hola, vivimos en un ático en una urbanizacion de vecinos y queremos cerrar dos terrazas del atico. En junta se aprobó el cerramiento de las terrazas tanto en cortinas de cristal como aluminio. Consta en acta dicha aprobación de cerramiento de terrazas en esas dos modalidades sin decir nada mas. Doy por hecho que incluye terrazas de áticos pues no hace ninguna distinción y ademas yo estuve en esa reunión y el punto fue sacado por un vecino que precisamente tenia terraza de ático. A pesar de eso informé al administrador y presidente sobre mi inteción de cerrar dichas terrazas y me han dicho que no hay problemas. Aun así hay una vecina que tiene intención de denunciar por los cerramientos que se han realizado y no se si empezar dicha reforma.
    Otro punto es que en mi ciudad, segun dicen, el ayuntamiento no da licencia de obra por cierres de terrazas.
    Ademas mi terraza al ser la del ático, tiene la particularidad que necesita la instalacion de un techo de panel sandwich, cosa que también informe tanto a administrador como presidente.
    Tengo algo que temer por estos cerramientos?

    Responder
  29. Hola Miguel.
    Efectivamente, con la modificación de la ley es necesario el quorum de 3/5 partes de la comunidad. Hemos modificado este aspecto en nuestro artículo.
    Muchas gracias por tu aportación.

    Responder
  30. hola
    leyendo este artículo veo que contradice a muchos otros publicados en otros portales
    En este artículo dice que para hacer un cerramiento de una terraza se requiere el acuerdo unánime, mientras que en los otros hace referencia a 3/5 partes ya que se modificó la ley en el 2013…

    cual es lo correcto?

    saludos y gracias

    Responder
  31. Hola Aritz. Si en el momento en que realizaste el cerramiento de la terraza ya solicitaste permiso al ayuntamiento, no sería necesario volverlo a hacer. En caso contrario, lo más recomendable es que consultes a tu administrador para que pueda indicarte si en tu caso, al llevar tantos años hecho el cerramiento, ya ha prescrito o si es necesario solicitar el permiso.
    Gracias por tu consulta.

    Responder
  32. hola buenas, si yo tengo un cerramiento en la terraza que se hizo hace 30 años, si yo quisiera cambiar esas ventanas que dan para la calle me podrian negar el permiso de obra en el ayuntamiento? el cerramiento consta de ventanal y tejadillo y hay mas vecinos que tambien tienen y tengo consentimiento de la comunidad. 1 saludo y gracias.

    Responder
  33. Buenas tardes Jose. Para darte una respuesta adecuada, necesitaríamos ampliar la información sobre lo que necesitas. En cualquier caso, si quieres realizar algún tipo de obra y esta misma aparece en las actas de comunidad como “permitida”, en principio no deberías tener ningún problema en realizarla. Un saludo.

    Responder
  34. Si en mi comunidad de vecinos en el acta pone que se pueden realizar cierres de aluminio blanco y cristal, me pondrían denunciar.

    Responder
  35. Hola Alejandro. Lo mejor es que lo comentes con el presidente o administrador de la Comunidad. Pero si está aprobado en Junta, no deberías tener ningún problema a la hora del cerramiento, si has pedido permiso al ayuntamiento. Un saludo

    Responder
  36. Hola, muy buenas tardes
    Una consulta
    Pues que el año 2008 ha aprobado por unanimidad en nuestra comunidad de todas las terrazas y aticos.Hasta ahora ya habian realizados 9 cerramientos de terrazas con alumnio,algunos con ladrillos pero tambien lo hay de lumon pero como es acristalamiento no hace falta aprobacion porque no es cerramiento..
    Entonces hace un mes he presentado 3 proyectos de cceramientos de nuestra terraza con aluminode las mismas caracteristicas que los otros ya realizados.
    Por tanto he empezado la obra que tenia permiso de licencia y tambien que habia aprobado por unanimidad sobre cerramientos pero algunos vecinos han protestado diciendo que no se puede cerrar ,,,pero si lo pone en la acta…en fin..
    Me gustaria saber que si sigo adelante el proyecto sin importar a los vecinos aunque me denuncie porque la acta lo pone….o que me aconseja…
    muchas gracias
    un saludo.

    Responder
  37. Hola Raquel,

    El tema que comentas lo tratamos en el artículo en uno de los supuestos:
    -La comunidad de vecino no podrá hacer que elimines el cerramiento o acristalamiento de tu terraza si ha pasado un determinado tiempo desde que realizaste la obra y no actuaron contra ti, habiendo prescrito. Suele ser de cuatro años para infracciones urbanísticas.

    Por lo que en principio no podrían hacer nada.

    Un saludo.

    Responder
  38. Buenos Dias
    Hace 10 años que somo propietarios de una vivienda ultima planta del edificio. Cuando la adquirimos los antiguos propietarios habian cerrado una de las dos terrazas que tiene y convertido en para te la vivienda por lo que sabemos hace más de 30 años de eso. Ahora hay un vecino que nos quiere denunciar e insiste en que va a hacer que nos la hagan tirar abajo.

    Nuestra pregunta es ¿si cuando nosotros compramos la vivienda este cerramiento ya existia es un cerramiento de obra y en su momento cuando los antiguos propietarios lo hicieron este vecino no dijo nada ni denunció. Puede hacer ahora después de por lo menos 30 años que nos la hagan tirar cuando nosotros hemos comprado la vivienda tal y como está? ¿Puede su denuncia hacer que el ayuntamiento nos obligue a hechar abajo el cerramiento o tendremos que pagar alguna multa?
    Gracias de antemano por su información

    Responder
  39. Hola Jesús, tendrás que comprobar los estatutos de la comunidad, pues en ellos aparecerá qué gastos deberá cubrir uno y otro edificio.

    Saludos

    Responder
  40. Buenos dias, Nuestra comunidad es de dos bloques en el cual uno tiene balcones y el otro no se tienen que reparar las barandillas quisiera saber si los gastos son comunes, y si los ascensores también. Gracias

    Responder
  41. Hola Unai, en principio siempre se necesita el consentimiento de la comunidad para hacer este tipo de obras. Si los demás vecinos lo hicieron y no pasó nada, lo mejor es que consultes con un abogado para que pueda asesorarte mejor.
    Saludos

    Responder
  42. Buenos días: Realicé un cierre en la terraza sin pedir permiso a la Comunidad de Propietarios porque hace 15 años un vecino cerró la terraza con consentimiento de la Comunidad. Me han denunciado y quisiera preguntar si no existe vulneración del principio de igualdad.
    Las ventanas PVC con distribución diferente a las ventanas originales,puertas diferentes en todo el edificio,rejas en algunas ventanas y muros de terrazas tiradas para realizar dobles puertas son la tónica de los vecinos sin pedir permiso a la Comunidad. Saludos.

    Responder

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