Todos hemos oído hablar en algún momento sobre los certificados final de obra, pero realmente existe un gran desconocimiento acerca de lo que conllevan, cómo se tramitan y quiénes son los técnicos competentes que pueden redactarlo y firmarlo.

¿Qué es el certificado final de obra?

Un certificado final de obra es un documento que acredita que las obras se han realizado acorde al proyecto de edificación, (proyecto básico y proyecto de ejecución) y por lo tanto siguen dentro de la normativa. También sirve para asegurar que, si ha habido alguna pequeña modificación del proyecto durante el transcurso de las obras, estas sigan cumpliendo con todas las normativas, desde el punto de vista urbanístico y sobre todo técnico.

En este documento podemos encontrarnos con aclaraciones y modificaciones respecto al proyecto original, pero siempre dentro del marco legal necesario.

Este certificado es parte de un documento de mayor entidad como es el proyecto final de obra, en el cual se recoge en su memoria o parte escrita y en sus documentos gráficos o planimetrías todos estos cambios que puedan haber sucedido para así poder elaborar el llamado libro del edificio (un documento que podría parecerse a un manual de instrucciones de un edificio).

Fuente: http://bitly.ws/gu4I

Este documento es realmente importante por sus implicaciones a posteriori, ya que es necesario para conseguir la licencia de primera ocupación, que otorga la posibilidad de contratar los servicios de agua y luz. Es necesario para empezar a utilizar el edificio de manera convencional y legal.

Si no se tramitase esta documentación, pese a haber terminado las obras, el edificio no podría usarse de ninguna manera, es más, oficialmente seguiría en proceso de obras.

¿Cuándo se necesita un certificado final de obra?

Este tipo de documentación está enfocada principalmente a los proyectos de obra mayor, como podrían ser la ejecución de una vivienda o de un edificio de obra nueva, incluso alguna reforma integral que implique modificación total o parcial de la estructura o de la volumetría del mismo. Incluso la modificación de los huecos de la fachada también podría considerarse como actuaciones recogidas en las obras mayores.

Todo esto va a depender en gran medida del ayuntamiento del municipio donde se encuentren las obras, ya que normalmente cada uno tiene sus respectivas normas e indicaciones en este aspecto.

Fuente: http://bitly.ws/gu4W

Como ya hemos comentado, la finalidad más tangible de este documento es poder optar a los suministros de agua y luz, que son fundamentales para el correcto funcionamiento de cualquier edificio, sin embargo, existen más razones de peso para elaborar este certificado. Sin él no podríamos conseguir las escrituras de obra nueva para poder añadir en el registro de la propiedad dicha edificación, como podría ser una casa, un conjunto de viviendas o cualquier edificio terciario.

Por lo tanto, este documento se vuelve fundamental para poder darle un sentido viable y legal a una obra recién acabada. Excluyendo de este apartado a las obras menores.

¿Quién lo redacta y cómo se tramita?

Los certificados finales de obra son competencia de la dirección facultativa, es decir, del director de la obra, normalmente arquitecto, y del director de la ejecución de la obra, normalmente arquitecto técnico.

Esta afirmación se suele respetar a nivel nacional para obras de edificación convencionales de obra nueva. Sin embargo, existen otras obras de pequeña entidad que no necesitan arquitecto técnico, como podría ser una nave industrial o la ejecución de pequeñas obras con usos no habitables como un almacén. Esto deberá ser consultado en el ayuntamiento que corresponda, porque muchas veces, cada uno se acoge a su propio criterio para definir los tipos de obras y sus demandas técnicas.

Fuente: http://bitly.ws/gu54

Una vez que la dirección facultativa tiene listo su proyecto final de obra, incluyendo su respectivo certificado final de obra, tendrá que llevarlo a su colegio profesional correspondiente para autorizarlo. Acto seguido, habrá que entregarlo en el ayuntamiento, para que este, tras su revisión y una visita presencial a la obra acabada, emita la tan deseada licencia de ocupación.

Por último, es importante conocer que, en algunos puntos del país, este trámite puede llevarse a cabo mediante una declaración responsable, agilizando mucho el tiempo de la emisión de la licencia.

Una vez obtenida la licencia de ocupación, es hora de hacer uso y disfrute de nuestra vivienda y para ello, lo primero sería contratar un Seguro de Hogar MAPFRE.