Además de las garantías que cubren los siniestros más comunes, como atascos, fugas de agua, incendio o robo, existen otras coberturas que completan la póliza. Es el caso de los daños estéticos en el seguro de hogar que hace referencia a los desperfectos que se producen en el contenido y el continente de una vivienda tras un siniestro.

Cuando en las condiciones particulares de la póliza se pacte la inclusión de este servicio, también estarán cubiertos los gastos de reparación o reposición necesarios para conseguir la coherencia estética. Esto significa que la compañía se hace cargo no solo de arreglar el bien o la zona dañada por el incidente, sino también otros perjuicios indirectos que afectan a las características originales de la casa.

Criterios de la cobertura de daños estéticos en el seguro de hogar

Por norma general, los daños estéticos no suelen ser una garantía básica de los seguros de hogar. En su lugar, es preciso contratarla de forma específica para garantizar la estética de toda la vivienda en caso de ocurrir cualquier siniestro.

Esta cobertura tiene las siguientes particularidades:

  • Cubre los daños que se originen en la apariencia tanto del contenido como del continente del inmueble.
  • Su aplicación no se puede solicitar de forma directa, sino que suele ser necesario que haya ocurrido un siniestro cubierto por la póliza
  • Aunque existen diferencias entre unas aseguradoras y otras, lo más habitual es que el usuario pueda elegir entre efectuar la reparación y solicitar una indemnización o pedir que la compañía se encargue directamente de la restauración.
  • Los trabajos para restablecer la estética anterior al incidente están limitados hasta el capital máximo que se especifique en las condiciones particulares de la póliza.

¿Merece la pena incluir los daños estéticos en el seguro de hogar?

Una de las razones por las que es importante contar con la cobertura de daños estéticos en el seguro de hogar hace referencia al hecho de no tener que asumir el coste de la reparación completa. Si el desperfecto está cubierto por la póliza, la compañía se responsabiliza del pago hasta el límite establecido.

Al no tener incluida la garantía de daños estéticos, la aseguradora solo está obligada a arreglar la parte de la vivienda que se haya estropeado por el siniestro. En el supuesto de una fuga de agua, por ejemplo, con un servicio completo se realiza la reparación de toda la superficie para que quede homogénea con los mismos materiales y colores.

Exclusiones de la cobertura de daños estéticos

Salvo pacto en contrario, en esta garantía no se contemplan los siguientes objetos y supuestos:

  • Vehículos a motor y embarcaciones.
  • Los menoscabos o daños que no se deriven de un siniestro amparado por las coberturas de daños materiales, robo y todo riesgo.
  • Los daños que se produzcan en colecciones, bibliotecas y conjuntos de cualquier clase de bienes muebles, salvo que se trate de mobiliario de la casa.
  • La restauración estética que sea necesaria como consecuencia de los trabajos de reparación o sustitución de las tuberías de la vivienda afectadas por corrosión o deterioro generalizado.
  • La responsabilidad civil del usuario frente a terceros cuando los daños se produzcan fuera de la vivienda asegurada.

Asimismo, es importante tener en cuenta que, si la compañía ha indemnizado al asegurado y este ha decidido no restaurar la cohesión estética, tiene la obligación de devolver la diferencia entre la compensación y el coste de la reparación efectuada.