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Vivienda protegida

De VPO a vivienda libre: cuándo puede hacerse

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  3 min 

27 Jul 2021
3 min La descalificación de una VPO de forma automática se produce después de haber transcurrido entre 10 y 30 años en función de la normativa de cada región. Sin embargo, existe un procedimiento a través del cual estas viviendas se pueden liberar antes de dicho periodo.

El Plan Estatal de Vivienda 2013-2016 incorpora algunos cambios con respecto al plan anterior. En concreto, el actual se centra en el fomento del alquiler y en el impulso de la rehabilitación, renovación y regeneración urbanas.

Para hablar de VPO con más profundidad tenemos que remontarnos al Plan Estatal de Vivienda 2009-2012, que establece que las VPO son aquellas casas protegidas en diseño, dimensiones, financiación, etc. por la Administración Pública -en ocasiones parcialmente subvencionadas por el ente público-  cuyos precios tienen un techo por normativa para permitir a ciudadanos con menores ingresos el acceso a ellas.

Una vivienda calificada como de protección oficial reporta al promotor privado beneficios públicos a cambio del sometimiento a dicho régimen específico.

Requisitos para acceder a una VPO

Para acceder a la compra de una Vivienda de Protección Oficial, el usuario debe tener unos ingresos inferiores a una determinada cantidad fijada por el órgano competente y regido por la Comunidad Autónoma en cuestión, además de no ser poseedor de otra vivienda.

Una vez que ya se ha adquirido la VPO, este tipo de inmuebles están sometidos a un régimen de protección especial que, entre otros condicionantes, establece la total prohibición de revender o alquilar hasta que no haya transcurrido un periodo de 10 años (salvo casos excepcionales) desde la adquisición. Pasado este tiempo, no se podrá vender a un precio mayor del que se compró.

 La descalificación VPO: un trámite imprescindible para vender como vivienda libre

Respondiendo a la cuestión: ¿puede una VPO pasar a ser libre?, la respuesta es afirmativa, pero solo una vez hayan pasado 30 años desde que fuera calificada como de protección pública. Después de este período, la vivienda pasa a ser libre oficial y definitivamente.

Existen algunas circunstancias en las que se puede agilizar este proceso en un espacio de tiempo menor, como por ejemplo en el caso de que el usuario solicite la descalificación voluntaria. Si se le concede, el propietario de la vivienda podrá alquilarla o volverla a vender con total libertad, aunque, como contrapartida, tendrá que devolver toda la subvención pública de la que se benefició.

En algunas comunidades autónomas, una VPO no puede pasar a ser libre, ya que la solicitud de la descalificación voluntaria no está permitida o se establecen otros límites. Lo más recomendable, en caso de dudas, es acudir a la oficina de la vivienda de la ciudad en cuestión para solicitar información sobre este tema.

En cualquier caso, te será mucho más sencillo conservar tu casa de VPO en perfecto estado si cuentas con las coberturas del Seguro de Hogar Familiar MAPFRE, que no sólo te cubrirá los daños estéticos, abonándote los gastos de reparación y reposición estética de los bienes asegurados, sino que te proporcionará un servicio de Defensa Jurídica.

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Comentarios (14)

  1. Hola,
    Tengo una duda ya que he firmado atrás en una vivienda VPO por 50 años.todavía le quedan 7 para finalizar.
    Yo no cumplo los requisitos para comprar una VPO, pero el PROP ha contestado que ya no tiene límite de precio de venta , pero obviamente la inmobiliaria me dice que no necesito ningún requisito para comprarla cuando la ley dice que no puedo hacerlo.
    A ver si me echáis una mano al respecto.
    Gracias

    Responder
    • Hola Pablo,
      Una viviendo VPO puede pasar a ser libre una vez hayan pasado 30 años desde que fuera calificada como de protección pública. Después de este período, la vivienda pasa a ser libre oficial y definitivamente. ¡Un saludo!

      Responder
  2. Tal y como se explica en el artículo, las Viviendas Protegidas tienen unas determinadas características establecidas por la Administraciones Públicas y destinadas a familias cuyos ingresos no superen los mínimos establecidos. Para que una vivienda sea considerada VPO debe cumplir estos requisitos y disponer de su Cédula de Calificación Definitiva.
    Cuando adquirimos una VPO el primer requisito que establece la ley, es que ésta debe estar destinada a la vivienda habitual, además, todas las Viviendas Protegidas cuentan con un periodo inicial de protección de 10 años, durante los cuales no está permitido realizar ningún tipo de transmisión, salvo causas justificadas.

    Por otro lado, debemos saber que no todas las VPO permiten su descalificación voluntaria, por lo que habrá que esperar a que finalice de forma natural su periodo de protección. No debemos olvidar que una vez liberada la vivienda hay que acudir al Registro de la Propiedad para que ésta quede registrada como una vivienda libre.

    Para poder comenzar un proceso de descalificación será necesario acudir a la Administración competente para que nos confirme si es posible realizar el proceso y a qué organismo deberemos acudir para devolverlas las ayudas recibidas y el importe de éstas. Una vez devuelto todas ayudas recibiremos un documento en el que se refleje que la vivienda queda libre de protección y por lo tanto se puede vender a un precio real de mercado.

    Estos procesos no son nada sencillos, por lo que es recomendable contar con la ayuda de especialistas que puedan solucionar cualquier inconveniente que pueda surgir durante el proceso. Existen agencias inmobiliarias, como Templo Consulting, especializadas en el sector que nos ayudarán a agilizar los trámites relacionados con nuestra Vivienda Protegida en la Comunidad de Madrid.

    Responder
    • Hola Templo Consulting,
      Muchas gracias por su aportación. Un saludo

      Responder
  3. Hola Mary, es necesario conocer las condiciones de tu contrato. Acude con toda la documentación a un especialista que pueda asesorarte al respecto. Un saludo

    Responder
  4. Buenas tardes,yo vivo en una casa de alquiler de vivienda de promoción pública hace 31 años.Podría exijirla como mía o tengo que seguir de alquiler. Está casa nos la concedieron directamente de la dirección Provincial de Aragón. Un saludo.

    Responder
  5. Hola Mari Carmen, te dejamos este enlace de la Comunidad de Madrid en el que puedes ver el detalle concreto del proceso de descalificación. Un saludo

    Responder
  6. Buenas noches. Queremos comprar una vivienda de VPO del 2006 en Madrid. Nos dice la inmobiliaria que actualmente tiene un "techo" y q su precio no puede pasar de "X" dinero que lo marca la CCAA. Sin embargo nos asegura q los segundos dueños de la casa tendrían total libertad de marcar precio en el caso de que quieran vender. Es posible eso? Que no tendríamos problema a la hora de ponerla a la venta. Muchas gracias de antemano…

    Responder
  7. Hola Juan Carlos, el requisito para que una vivienda de VPO pase a ser libre, efectivamente, es que hayan transcurrido 30 años. Si bien lo mejor que puedes hacer es revisar toda la documentación que tienes al respecto de la compraventa y acudir a un especialista. Un saludo

    Responder
  8. Soy propietario de una VPO de promoción privada, su calificación definitiva es de 24/07/1986 y esta ubicada en Granada (Granada). Mi pregunta es, ¿con el mero transcurso del tiempo, más de 30 años, ha adquirido jurídicamente la condición de vivienda libre, sin tener que solicitar dicha condición ni abonar cantidad aluna?
    Gracias

    Responder
  9. Hola Enrique, comprueba todos los trámites y documentos que firmaste en su día y consulta con un gestor o abogado para saber qué hacer a partir de 2016 con tu vivienda.
    Saludos

    Responder
  10. En 2016 pasaran 30 años desde que adquirí una vpo. Se supone pasa a ser libre automaticamente sin pagar nada? Hay que hacer algún trámite?

    Responder
    • Buenos días. Soy propietaria de una VPO que cumple 30 años el próximo año. Puede considerarse libre desde el 1 de enero o tengo que esperar exactamente al día y mes de escritura?

      Responder
      • Hola Esther, los plazos varían en función del lugar donde este ubicada la vivienda, por eso lo ideal es que acudas a la oficina de la vivienda de tu localidad. Si efectivamente ya es una vivienda libre, tendrás que comunicarlo en el Registro de la Propiedad. Un saludo.

        Responder

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