Ha habido importantes modificaciones para evitar que las personas que sufren la pérdida de su vivienda por no poder pagar su deuda hipotecaria a tiempo queden además sin recursos económicos para poder subsistir. Por eso, actualmente ante la situación de impago de la hipoteca, existen unos criterios muy claros de cuándo puedes sufrir un embargo de nómina y en qué proporción.
Qué cantidad se puede embargar por impago de hipoteca
El embargo de nómina no es una medida común, pues la ejecución hipotecaria suele bastar para liquidar la deuda. Pero la devaluación de la vivienda puede hacer que esta no quede del todo saldada. Por ese motivo, un juez puede recurrir a ella para que una obligación de este tipo sea satisfecha. Hay, sin embargo, unas normas claras para ello.
- El embargo de la nómina debe decretarlo y fijarlo un juez como último recurso ante una situación persistente de impago.
- La cuantía embarga de la nómina se calcula teniendo en cuenta tanto el salario neto como la situación familiar del titular o titulares de la hipoteca.
- De base y en cualquier tipo de deuda, las nóminas iguales o inferiores al salario mínimo interprofesional no pueden ser embargadas en ninguna cantidad.
- En el caso exclusivo de las ejecuciones hipotecarias de una vivienda habitual, la cantidad que queda libre de embargo se eleva hasta un 150 por ciento del salario mínimo interprofesional.
- Si el embargado tiene cargas familiares –hijos o pareja- se añade un 30 por ciento más libre de embargo, por cada miembro de la familia que dependa económicamente de la nómina que se pretende embargar.
- Las cantidades a embargar a partir de la cantidad que según cada situación quede libre de ser embargada, van creciendo: un 30 por ciento puede embargarse en caso de cuantías adicionales que doblen el salario mínimo interprofesional, para la cuantía equivalente a un tercer del salario mínimo, un 50 por ciento.
- Hasta el importe equivalente a un cuarto salario interprofesional para una cuantía adicional se embargaría un 60 por ciento. Llegando al importe equivalente a un quinto salario, el embargo se eleva hasta el 75 por ciento. Para salarios que superen este último límite, el embargo será del 90 por ciento.
La situación última de ver embargada la nómina es la peor que puede darse y la recomendación habitual de los expertos es siempre poner remedio antes de llegar a ella: negociar con el banco, buscar recursos adicionales financieros, agotar la vía de la negociación…
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Si la situación es definitiva, ante el impago de la hipoteca y para resolver la duda de cuánto embargan de nómina, lo más seguro y fiable es recurrir a abogados y profesionales que podrán ajustar los cálculos a las situaciones particulares y personales, ya que estas resultan clave en cada caso; asimismo, resulta indispensable consultar la información actualizada y al día de la Agencia Tributaria.