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¿Es obligatorio contratar un seguro para la comunidad?

Seguro comunidad propietarios
4 Min de lectura
Tanto en nuestra propia casa como en el edificio puede ocurrir cualquier accidente. En este caso, ¿quién se hace cargo de los gastos ocasionados? Por ello, es aconsejable contratar un seguro para la comunidad que haga frente a todos los imprevistos. 
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LO QUE DEBES SABER…
  • Seguros de comunidades de vecinos: la Ley de Propiedad Horizontal no considera la obligatoriedad de tener un seguro, pero la comunidad en sí debe plantearse si le es recomendable o no.
  • Ley de Calidad para la Edificación: dependiendo de la comunidad autónoma y del año de construcción del edificio, será obligatorio o no tener un seguro.
  • Responsabilidad civil: siempre es recomendable que una comunidad cuente con este seguro para cubrir daños que puedan afectar a terceros.

 

Si te acabas de mudar de casa y en tu nueva comunidad de vecinos no cuentan con un seguro con el fin de ahorrar gastos, a continuación te damos algunos motivos sobre la conveniencia de contratar uno. Debes tener en cuenta que la contratación de un seguro, debe aprobarse en la junta de propietarios por mayoría simple. Aun así, es un gasto necesario, ya que cualquier daño material causado por incendios, fenómenos atmosféricos o robos es cubierto por el seguro en cuestión.

 

Una comunidad de propietarios bien asegurada

En la Ley de Propiedad Horizontal, no se establece como obligatorio la contratación de un seguro. Sin embargo, en el fondo de reserva se dispone que la comunidad de propietarios debe contar con una dotación destinada a contratar un seguro para paliar posibles daños en la finca o a terceros, así como también para gastos dedicados a mantenimiento del inmueble.

Según la Ley de Calidad para la Edificación de cada comunidad autónoma y teniendo en cuenta el año de construcción del edificio, en unas ocasiones será obligatorio tener un seguro y en otras no.

Teniendo en cuenta esto, ¿por qué es tan importante contratar un seguro para la comunidad? Las razones basadas en la seguridad y la economía son la base. Ningún bloque de viviendas está exento de sufrir algún daño provocado por agua, robos, roturas, incendios, etc. y por ello, es necesario que un seguro se haga cargo de los costes de reparación que dichas averías puedan ocasionar.

De la misma manera, el seguro para la comunidad también puede hacer frente a la responsabilidad civil frente a terceros o de lo contrario, deberán ser los propios vecinos quienes se hagan cargo de ello.

Coberturas básicas

 

Es recomendable que al contratar un seguro, éste responda a todas las necesidades particulares de cada edificio. Del mismo modo que no es obligatorio contratar un seguro para la comunidad, si lo hacéis, tampoco existen unas coberturas mínimas exigibles. Desde Seguros MAPFRE aconsejamos la responsabilidad civil a terceros como una cobertura básica.

Si en tu edificio contáis con ascensores, debéis revisar bien que la cobertura no esté repetida en el contrato de mantenimiento y en el seguro del bloque, para evitar pagar dos veces el mismo servicio.

No sería obligatorio contratar un seguro para la comunidad, si se pudieran prevenir al 100% todos los accidentes, se usaran correctamente las instalaciones o se realizaran correctamente todos los mantenimientos. Pero como no está en nuestras manos controlar todo eso, nada mejor que contar con un seguro que te proteja a ti y a todos tus vecinos.

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Publicado por Blog hogar MAPFRE
- 11 May, 2015

Comentarios (7)

  1. Hola Jhon, se trata de dos seguros diferentes con diferentes coberturas. Un saludo

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  2. Hola, Esteban. Si la caída se ha debido a un fallo imputable a la comunidad (suelo mojado sin aviso, obras sin carteles de advertencia, etc…) es posible que puedas reclamar. Si ha sido un tropiezo meramente accidental o atribuible a una condición tuya (mareo, medicación que cause algún tipo de somnolencia, calzado inapropiado, etc…) no podrás reclamarlo. En cualquier caso, si crees que procede la petición de una indemnización a tu comunidad, lo más recomendable es que busques asesoramiento con un abogado especialista en la materia. Esperamos que te recuperes pronto de tus lesiones.

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  3. Hola el viernes pasado me cai por las escaleras de mi porteria. Me e fra turado la muñeca con posible intervencion quirurjica y me an dado 4 puntos de sutura en una ceja . Puedo reclamar a la comunida una i depnizacion

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  4. Hola Emilio. En este enlace encontrarás todos los supuestos que están cubiertos con el seguro de comunidad de propietarios https://www.mapfre.es/particulares/seguros-para-comunidades-propietarios/
    Además, en este enlace encontrarás nuestros teléfonos de contacto, donde nuestros expertos estarán encantados de ayudarte a gestionar cualquier duda con tu seguro https://www.mapfre.es/particulares/contacto/
    Muchas gracias por contactar con nosotros

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  5. ¿Qué daños cubiertos por el seguro decenal, son susceptibles de duplicar en el seguro de la Comunidad de Propietarios y por tanto ordenar su anulación a la Administración de la finca?.

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  6. Hola Andrea, lo mejor es encontrar testigos de tu caída y dirigirte al administrador de la Comunidad para que preguntar el nombre y datos de la póliza de la compañía de seguros de la comunidad (si no los sabes), que es quien deberá asumir la responsabilidad. Si no tuvierais seguro, la responsabilidad es de la comunidad de propietarios, a quien podrías reclamar daños y perjuicios, que se pueden cifrar en los días de baja, y las secuelas que puedan quedarte tras la cirugía.

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  7. Sufri caida en pasillo de zona comun de mi comunidad que no tiene seguro, sufri rotura de tibia y perone con cirugia para la recuperacion mas el tiempo estimado de 4 meses de baja y reposo. Puedo reclamar a la comunidad? Si es asi existe precio fijado para dicho daño, gracias

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