Las comunidades de propietarios, requieren en muchos casos, contratar a personas ajenas a esta para que puedan llevar a cabo servicios de los que no se pueden ocupar los miembros de la junta. Este puede ser el caso de un abogado, pero en este caso ¿quién se hace cargo de los costes de su contratación? Te contamos quién paga el abogado en una comunidad para evitar problemas con los vecinos.
¿Cómo se aprueba contratar a un abogado?
Para que la comunidad pueda contratar a un abogado, será necesario que se reúna la junta de propietarios y esta decisión sea aprobada mediante votación por mayoría atendiendo a la cuota de participación. Además, es importante tener en cuenta que esta mayoría se calcula sobre el total de los coeficientes de participación de cada propietario, y no solo sobre el número de propietarios presentes en una reunión.
Por lo tanto, para que el acuerdo sea válido será necesario convocar la reunión con antelación suficiente y de forma oficial. Tras la votación, la decisión debe registrarse por escrito en el acta correspondiente y ser firmada para que tenga validez.
Qué ocurre si hay un juicio entre un vecino y la comunidad
En ocasiones, el juicio al que se enfrenta la comunidad, y por el que necesita los servicios de un abogado, tiene que ver con un problema con alguno de los propietarios. Si la comunidad decide en una junta que todos los propietarios, incluido el vecino que ha tenido el problema legal, tienen que pagar los gastos del juicio, este último puede oponerse. En estos casos, y para evitar cobros por algo que no le corresponde deberá impugnar y recurrir legalmente esta decisión.
En este sentido, el Tribunal Supremo reconoce en varias sentencias que si un vecino se encuentra en esta situación, no se le puede obligar a pagar la parte de los gastos que le correspondería por la contratación de un abogado por parte de la comunidad. Así, esta condición se aplica incluso en aquellos casos en los que se le reclama dinero por adelantado (provisión de fondos) o cuando el vecino gana el juicio y la comunidad debe hacerse cargo de las costas. Estos es así porque las costas no pueden incluirse como gastos generales para todos los vecinos, así que si el propietario ha tenido que contratar a un abogado para su propia defensa, él se hará cargo de sus honorarios, no de los relativos al de la comunidad.

¿Quién paga al abogado de la comunidad?
Llegados a este punto es posible que te hayas preguntado quién debe hacerse cargo del pago de un abogado en una comunidad de vecinos. En este sentido, como ya hemos ido viendo, será necesario centrarse en el caso concreto que ha llevado a dicha acción.
Cuando la comunidad contrata a una abogado para resolver un asunto general, como puede ser la reclamación de una deuda a un vecino, el gasto debe ser abonado por el conjunto de los propietarios. En el caso de que el juicio se celebre contra un vecino concreto, este no tendrá que pagar la parte del abogado que corresponde a la comunidad, sí deberá hacerlo el resto de propietarios.
Qué ocurre cuando un vecino no paga lo que le corresponde
En el caso de que un vecino no se quiera hacer cargo de los gastos y honorarios del abogado que la comunidad ha contratado y no se encuentra en el caso anterior, se podrá a enfrentar a distintas consecuencias:
Pierde el derecho a voto: al no estar al corriente de pagos. A pesar de ello, no estar al día con los pagos no le impide asistir a las juntas convocadas ni opinar en ellas. Del mismo modo, puede seguir teniendo acceso a las zonas comunes como pueden ser la piscina, el jardín o el ascensor. Tampoco se podrá privar de este derecho a los inquilinos que habiten en la vivienda si esta está alquilada.
Por otro lado, debes tener en cuenta que si un vecino no paga, la comunidad puede denunciarle y llevarle a juicio para reclamar la deuda. Por lo que deberá pagar lo que debe y hacerse cargo de los intereses, los honorarios de los abogados, de los peritos o de los profesionales que hayan intervenido en el proceso.
En aquellos casos en los que el propietario quiera vender el piso, deberá hacer frente antes a la deuda con la comunidad ya que es obligatorio presentar un certificado en el que se acredite que no existen cargos pendientes con la comunidad y que deberá emitirse por parte del administrador de la finca. A este respecto existe una opción para el propietario moroso, y es que el comprador acepte hacerse cargo de las deudas que se hayan podido generar por el anterior dueño.
Para evitar problemas en la comunidad de propietarios, nunca está de más contar con los servicios de un abogado que pueda ayudaros a solventarlo. Recuerda que en el Seguro de Comunidades de Propietarios de MAPFRE tienes la opción de incluir la cobertura de Defensa Jurídica, con ella, te garantizas el pago de las costas judiciales, dirección jurídica y gastos conexos. Además, ampara la reclamación de daños y perjuicios, derecho laboral, derechos relativos al edificio, defensa penal y reclamación de cuotas comunitarias.