Como cabe esperar, existe una edad mínima para viajar solo en avión. Evidentemente un bebé no puede emprender un viaje en solitario, pero depende de la compañía aérea y el país de origen se puede obtener el permiso desde edades muy tempranas, eso sí, con ciertas restricciones y obligaciones.

Cuál es la edad mínima para viajar solo en avión

La edad mínima para viajar solo en avión no es estándar en todos los países y compañías aéreas. Desde los 2 años, un niño puede volar sin que sus padres o tutores legales estén con él. En otros casos, el límite mínimo se fija en 5 años; y en otros asciende a los 16. ¿De qué depende?

En primer lugar, de la normativa que tiene cada país. En España, la edad mínima para viajar solo se establece en 5 años. Por tanto, los menores de 5 años solo pueden viajar en avión cuando vayan acompañados por cualquiera de sus padres o por su tutor legal.

En caso de que el niño haya cumplido ya los 5 años, la mayoría de las compañías aéreas ponen a su disposición un servicio de acompañamiento de menores que, en función de su edad y del trayecto del vuelo, puede ser obligatorio contratar. Además, es una forma de garantizar que el menor esté atendido y no corra riesgos innecesarios.

Pero como decimos, la edad mínima para viajar solo en avión no es universal. Existen compañías, como Air Europa o Air France, que ponen más facilidades en este tipo de situaciones, con un servicio de acompañamiento de menores que se puede contratar para niños de entre 2 y 11 años. Es decir, desde los 2 años pueden volar sin el acompañamiento de sus padres.

Otra cosa muy diferente ocurre con los vuelos low cost. En estos casos, el menor debe tener 16 años cumplidos para poder emprender un vuelo en solitario. En caso contrario, se le puede denegar el embarque.

En todos los casos, el niño debe ser poseedor de su propio documento de identidad (DNI o Pasaporte).

Servicio de acompañamiento de menores

Por norma general, desde los 5 y hasta los 12 años, los niños pueden volar solos (en algunos casos, como decíamos, la edad se adelanta a los 2 años), pero con la obligación de contratar un servicio de acompañamiento de menores. Este servicio que ofrece la compañía aérea proporciona la asistencia de un profesional cuya misión es velar por el niño desde el momento de su partida en la puerta de embarque hasta que la persona autorizada le recoja en el aeropuerto de destino.

A partir de los 12 años ya no es obligatorio contratar este servicio. Pero sí es recomendable, ya que a esas edades, la mayoría de los niños no están acostumbrados a desplazarse solos por un aeropuerto.

La solicitud se realiza igual que en el caso anterior y el coste es el mismo, que suele rondar los 40 euros para un vuelo local, cifra que se va incrementando paulatinamente hasta llegar a los 100 euros si se trata de un vuelo transoceánico. En los vuelos intercontinentales el precio oscila entre 50 y 70 euros. Si son dos niños los que viajan juntos, solo se paga el coste de un pasajero.

Dado que cada compañía tiene sus propias normas, lo mejor es consultar con ella todos los detalles posibles, máxime teniendo en cuenta que muchas de ellas consideran adultos a los mayores de 16 años, con lo que no se podría contratar para ellos un servicio de acompañante en el caso de que viajen solos.

¿En qué consiste este servicio?

Los menores acompañados por el personal de la compañía están identificados con un chaleco con el distintivo UM (Unaccompanied Minor), una fórmula internacional que se emplea en todos los aeropuertos del mundo.

El servicio comienza en facturación y termina con la entrega del menor en el aeropuerto de destino. Si el vuelo incluye transbordos, también se acompaña al niño en el tránsito de uno a otro.

Es importante saber que las compañías aceptan un número limitado de menores viajando solos para cada vuelo, por lo que se aconseja contratar este servicio con la mayor antelación posible, así como una protección extra, como un buen seguro de viajes.

Este tipo de billetes se pueden solicitar bien en la central de reservas de la compañía aérea o bien en una agencia de viajes. Para obtenerlo hay que presentar el libro de familia, el DNI del menor (y el pasaporte o visado cuando sea necesario), así como una serie de datos personales que incluyen: nombre, domicilio y teléfono tanto del padre o tutor del niño como del adulto responsable de su recogida.